Real Decreto 902/2022 (BOE 26-10-2022) - Bases: ORDEN TER/91/2023 (DOGC 27-04-2023). Convocatoria: RSL TER/1402/2023 (DOGC 28-04-2023)

Subvenciones para modernizar empresas privadas de transporte de viajeros y mercancías por carretera. Cataluña (marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la UE-NextGenerationEU).

Plazo solicitudes: a partir de las 9.00 horas del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el DOGC, y hasta las 15.00 horas del 30 de junio de 2024.

Las personas solicitantes presentarán un formulario por categoría de Solución de Modernización hasta un máximo de dos categorías de soluciones de entre las establecidas como elegibles en el anexo I del RD. Las solicitudes, deben presentarse por vía telemática en Sede electrónica Generalitat Catalunya (https://web.gencat.cat/es/tramits/index.html)

Objeto: incrementar la eficiencia de las empresas del sector del transporte de viajeros y mercancías por carretera mediante la digitalización, sostenibilidad, conectividad, renovación de los sistemas e introducción de nuevas tecnologías en el sector. Para lograr la interoperabilidad de los sistemas y procesos de los distintos actores involucrados en el transporte de mercancías, se considera necesario promover la modernización, no solo de las empresas de transporte, sino también de los operadores de transporte y de las empresas cargadoras, como miembros indispensables de la cadena de transporte.

Beneficiarios: Pueden ser personas beneficiarias de las subvenciones, llamadas destinatarios últimos en el RD 902/2022, las personas físicas o personas jurídicas privadas que se incluyen en la definición de pyme de acuerdo con las previsiones del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 siempre y cuando, en ambos casos, tengan residencia fiscal en Cataluña y cumplan alguna de las condiciones especificadas en las letras a) a c) del artículo 14 del RD 902/2022.

a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

- Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

- Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

- Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.

- Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT.

b) A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado.

 c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.

Actuaciones subvencionables:

  1. a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
  2. b) Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
  3. c) Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
  4. d) Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.
  5. e) Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.
  6. f) Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.
  7. g) Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
  8. h) Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
  9. i) Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

Solo podrán acceder a la categoría “3. Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión” los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías de las clases MDPE o MDLE, los titulares de autorizaciones de operador de transporte (OT) y las pymes o autónomos que intervengan en el transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor.

Cuantía: consultar en anexo I del RD 902/2022. El derecho de cobro que nace de la resolución de otorgamiento para las personas beneficiarias se denomina “cheque moderniza”, por la cuantía correspondiente a las actuaciones para las que se solicita la ayuda. El “cheque moderniza” no se hará efectivo hasta que el Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido, en nombre del destinatario último, presente la documentación justificativa, y se considere justificada la subvención.

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