Programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

Bases: RSL EMT/1350/2022 (DOGC 11-05-2022)

Convocatoria 2022: RSL EMT/1435/2022 (DOGC 17-05-2022)

Plazo solicitudes: desde las 09:00 horas del día 18-05-2022 hasta las 14:00 horas del día 15-09-2022.

Las solicitudes se presentarán según el modelo normalizado que estará a disposición de las personas interesadas en el Canal Empresa (canalempresa.gencat.cat). Presentación electrónica

Beneficiarios: empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, que lleven a cabo proyectos como los que se describen en la base 4 del presente anexo, excepto las empresas con proyectos de comercio al detalle, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, de conservación de carne, de elaboración de productos cárnicos y de producción primaria de productos agrícolas.

A los efectos de esta convocatoria se entiende como empresa toda entidad, cualquier que sea su forma jurídica, que esté legalmente constituida en el momento de presentación de la solicitud y que ejerza una actividad económica.

Actuaciones y gastos subvencionables (base 4): Se considerarán proyectos de alto impacto los proyectos de inversión, tanto de empresas ya establecidas en Cataluña como de empresas en proceso de establecerse, con las siguientes características:

  • Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:

Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos ("Data analíticos"), estudios de animación o centros de desarrollo de videojuegos. En el caso de nuevos centros que requieran la creación de una sociedad, se aceptarán aquellos centros legalmente constituidos a partir del 01-01-2021. La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 25.

Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito suprarregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente deberán ir ligados a un centro de decisión empresarial establecido en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y estrategia de la empresa o grupo de empresas a nivel suprarregional. La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 15.

Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes mediante el ensamblaje o la transformación de materias primas o actividades de servicios a la industria. La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 15.

Acción 1.4: Proyectos de creación de empleo en centros logísticos, entendidos como centros con actividades de distribución. También aquellos centros que adicionalmente puedan desarrollar tareas de manipulación y las fases finales de finalización de producto. La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 25.

Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i, entendidos como establecimientos o áreas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.

La creación mínima de puestos de trabajo debe ser de 8.

Si se cumplen los requisitos establecidos se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado. El coste laboral incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa. No se consideran subvencionables los conceptos incluidos en la base 4.6 de este anexo.

  • Línea 2: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos. Se podrán subvencionar las siguientes acciones:

Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad para la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva. El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales debe ser de 2.000.000,00 euros.

Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D+i, entendidos como establecimientos o áreas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales debe ser de 500.000,00 euros.

Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o bien la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes. El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos debe ser de 5 millones de euros y se requiere la creación neta de al menos 30 puestos de trabajo directos.

Adicionalmente, los proyectos tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) En el caso de proyectos de la acción 2.3 (Proyectos estratégicos para la economía catalana), la empresa solicitante debe contribuir al menos en un 25% en la financiación del proyecto. b) Los activos fijos subvencionables deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda. En el caso de proyectos de la acción 2.3 (Proyectos estratégicos para la economía catalana), este periodo será de 5 años. c) Los nuevos puestos de trabajo creados subvencionados deben mantenerse durante un mínimo de 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda. En el caso de proyectos de la acción 2.3 (Proyectos estratégicos para la economía catalana) los puestos de trabajo aprobados también deberán mantenerse durante un mínimo de 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda.

El plazo de ejecución de los proyectos: Los proyectos deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2022 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2023. En el caso de proyectos estratégicos para la economía catalana (Acción 2.3), los proyectos deben iniciarse a partir de la fecha de solicitud de la ayuda y finalizar en un plazo máximo de 2 años desde la fecha de inicio.

 Cuantía: En función de la tipología de proyecto, la intensidad de la ayuda y el importe de ayuda máxima son los que se establecen a continuación:

Línea Acción Intensidad de ayuda Importe máximo ayuda
1. Proyectos de inversión empresarial de Alto impacto de creación de empleo 1.1 Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones

30%

200.000,00 euros
1.2 Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito suprarregional

30%

200.000,00 euros
1.3 Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales

30%

200.000,00 euros
1.4 Proyectos de creación de empleo en centros logísticos

30%

200.000,00 euros
1.5 Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i

30%

200.000,00 euros
2. Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos 2.1 Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad por la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva

8%

200.000,00 euros
2.2 Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D+i

15%

200.000,00 euros
2.3 Proyectos estratégicos para la economía catalana

8%

1.500.000,00 euros

DESCARGE AQUÍ LA CIRCULAR COMPLETA EN PDF