Ayudas para el fomento de la contratación de personas desempleadas para trabajar en la campaña agraria en Cataluña que promueve el SOC.

Bases: Orden EMT/185/2021 (DOGC 30-09-2021) Convocatoria 2022. Extracto: RSL EMT/1447/2022 (DOGC 18-05-2022).

Plazo solicitudes: des de las 9.00 horas del día hábil posterior a la fecha de publicación de esta Resolución (19-05-2022), hasta las 15.00 horas del 31-10-2022.

Objeto: fomento de la contratación laboral de personas desocupadas o personas afectadas por  expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Cataluña.

Beneficiarios:  las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña dentro del marco de la campaña agraria.

Las entidades beneficiarias deben tener un máximo de 10 personas trabajadoras previamente a la contratación de la persona destinataria.

Se exceptúan las cooperativas de segundo grado, dedicadas a la elaboración del producto y no a la recogida.

No serán entidades beneficiarias de esta Orden las empresas de trabajo temporal.

Actuaciones subvencionables: la contratación, de entre una y cuatro semanas de contrato laboral, de personas desocupadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo para trabajar durante la campaña agraria en Cataluña.

Requisitos:

  • Las ayudas objeto de esta Orden se destinan a subvencionar de un mínimo de 1 semana a un máximo de 4 semanas completas de contrato laboral en el ámbito de las campañas agrarias.
  • Los contratos deben estar formalizados con personas empadronadas a menos de 40 kilómetros de distancia del lugar donde tengan que realizar los trabajos agrícolas, o bien tener un alojamiento que les haya facilitado el empresario dentro de este radio.
  • Las contrataciones mencionadas se deben haber ejecutado dentro del día siguiente a la publicación de la convocatoria y finalizar como máximo el 31 de octubre de 2022.
  • Los contratos deben ser de una jornada de un mínimo de 40 horas semanales.
  • Queda expresamente excluida la modalidad de contrato de trabajo en prácticas para esta ayuda.
  • La resolución de la convocatoria debe concretar el ámbito territorial y/o la campaña agraria que corresponda.
  • Se otorgará como máximo una ayuda por persona trabajadora y empresa, independientemente de los contratos que el empresario firme con una misma persona trabajadora a lo largo de toda la campaña.
  • El número máximo de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria no puede ser superior a 5.

Personas destinatarias: personas desocupadas o personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, inscritas como demandantes de empleo al Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Cuantía: la cuantía del módulo económico es de 90 euros por semana de contrato, con un máximo de 4 semanas subvencionables por contrato.

 

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