Resolución EMT/1647/2022, de 18 de mayo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de las ayudas a la contratación en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad, de personas en situación o en riesgo de exclusión procedentes de empresas de inserción o de personas beneficiarias de la renta garantizada de ciudadanía, para el año 2022 (ref. BDNS 629881).

Os comunicamos que la Dirección general de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas del Departamento de Empresa y Trabajo ha publicado este programa, que subvenciona a las empresas del mercado de trabajo ordinario con establecimiento operativo en Cataluña que hayan contratado durante el año 2022 a jornada completa con un mínimo de 6 meses alguna de las personas siguientes:
  • Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debidamente certificado por el Departamento de Derechos Sociales, o resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
 No pueden ser objeto de estas ayudas los contratos de las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total o absoluto, los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o pensión por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad,   de acuerdo con dos sentencias de fecha 29 de noviembre de 2018 (STS nº 993/2018, y STS nº 992/2018), en las que el Tribunal Supremo indica que, para que se le reconozca a una persona un grado del 33% o superior de discapacidad, las personas pensionistas deben pasar por el correspondiente proceso de valoración y graduación y por tanto, y con respecto al ámbito de la Generalidad de Cataluña, por el correspondiente centro de atención a personas con discapacidad (CAD).
  •  Personas en situación o en riesgo de exclusión social, previamente contratadas por empresas de inserción (EI) que se hayan beneficiado de los incentivos a la contratación en dichas empresas. El intervalo entre la finalización del contrato en la empresa de inserción y el del inicio en la empresa ordinaria no puede ser superior a 3 meses.
  • Personas beneficiarias de la renta garantizada de ciudadanía (RGC), en el momento de la contratación.
Cuantía: la subvención máxima para el 2022 será de 7.000,00 euros por un contrato de trabajo de duración de 12 meses a jornada completa. Si el contrato tiene una duración inferior a los 12 meses se subvencionará la parte proporcional. Plazo: de presentación de solicitudes se inicia el 2 de junio de 2022 a las 9:00 horas y finaliza del 30 de septiembre de 2022 a las 15:00 horas. La presentación de solicitudes de ayudas para esta convocatoria será mediante internet (de forma telemática) por el Canal Empresa. DESCARGUE AQUÍ LA CIRCULAR COMPLETA EN PDF