RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DEL COMERCIO, DE LOS SERVICIOS, LA ARTESANÍA Y LA MODA. (DOGC 8679 – 31/05/2022).

 
  • COMERCIO Y SERVICIOS

 

Programa de Apoyo a las entidades representativas del sector del comercio

 

Objetivo: dar apoyo a aquellas entidades más representativas del sector comercial, de forma contrastada, que tienen representación territorial o bien son entidades que agrupan a empresarios multisectoriales, que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas. El objetivo concreto es impulsar acciones derivadas de la coordinación y tutorización de la implementación de los "Planes de Actuaciones para las asociaciones de Comercio 2022" con el fin de multiplicar su impacto.

Personas beneficiarias: Las entidades del sector del Comercio, sin ánimo de lucro, que tengan representatividad en todo el territorio de Cataluña, en una provincia o, en el caso de la ciudad de Barcelona, que tengan asociados al menos 15 ejes comerciales y que dispongan de un Plan de actuación anual, como mínimo de los últimos 3 años.

Cuantía de la subvención: hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 euros por gastos de gestión y de estructura, y 10.000 euros por gastos de organización del 20º, 25º o 50º aniversario de la entidad y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura, y los de celebración del aniversario de la entidad) de 50.000 euros.

Los 10.000 euros por gastos de organización de aniversarios sólo se consideran gastos subvencionables a los efectos de estas bases si están relacionados con la celebración de los 10, 15, 20, 25 o 50 años de la entidad, en el caso de que uno de estos aniversarios coincida con el año en curso.

 

Programa de apoyo a la red asociativa de comercio, artesanía y moda.

 Objetivo: de cumplimiento al Plan de Acción, en la Línea de Potenciación del tejido comercial de proximidad, de la artesanía y de la moda con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas comerciales y la profesionalización del tejido asociativo.  En concreto: deacuerdo con aquellas entidades más representativas del sector comercial que tienen representación territorial o bien agrupan empresarios multisectoriales, y que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas.

Fortalecer la totalidad del modelo asociativo actual, con toda su capilaridad, facilitando sinergias y servicios compartidos entre las asociaciones y otros agentes sectoriales del territorio.

Apoyar la revitalización del tejido comercial y productivo de sus asociados, para superar los efectos que hayan podido ocurrir por la crisis sanitaria de la pandemia del Covid-19.

Personas beneficiarias: les entidades del sector del comercio, los servicios, la artesanía y la moda:

  • Entidades territoriales sin ánimo de lucro.
  • Gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro.
  • Empresas agrupadas (cooperativas o centrales de compras).
  • Las asociaciones de Mercados Municipales sedentarios y no sedentarios.

Y entidades del sector de las ferias que sean:

  • Entidades territoriales sin ánimo de lucro.
  • Que tengan ámbito nacional y que agrupen a más de 40 organizadores feriales, quedan excluidas las entidades de ámbito más pequeño (provincial, comarcal, municipal..) y aquellas que no agrupen como mínimo 40 de los principales organizadores feriales.

Se excluyen las fundaciones y los colegios profesionales.

Cuantía de la subvención: en el caso de las entidades territoriales, asociaciones de mercados sedentarios y no sedentarios, gremios y entidades sectoriales de ámbito nacional, o de ámbito municipal en el caso de la ciudad de Barcelona, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 euros por gastos de gestión y estructura,  y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 26.000 euros.

En el caso de los gremios y entidades sectoriales de ámbito comarcal o municipal (excluyendo Barcelona) hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por gastos de gestión y estructura, y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 12.000 euros.

En el caso de empresas agrupadas (cooperativas o centrales de compra), hasta el 80% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 4.000 euros por gastos de gestión y estructura, y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 8.000 euros.

 

Programa de apoyo en el proceso de transformación digital de las empresas

Objetivo: facilitar la incorporación de nuevas tecnologías digitales a las empresas comerciales, de forma que aumenten la competitividad, tanto de éstas como de las paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

Contribuir a fomentar nuevos modelos de negocio, basados en la omnicanalidad y en la mejor experiencia de compra posible para los consumidores y consumidoras, creando estrategias que integren tienda física y online.

Mejorar el posicionamiento y la presencia en internet del sector del comercio y de los servicios con el fin de adaptarse y hacer frente a la nueva situación y fortalecer sus capacidades y hacerlo más competitivo en la era post-Covid19.

Personas beneficiarias: empresas de comercio, de servicios y paradas de mercados municipales.

Cuantía de la subvención: hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros.

 

Programa de apoyo para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos

Objetivo: dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos situados en la trama urbana consolidada del municipio, o en el casco histórico y sus ensanches. Garantizar el mix comercial óptimo y adecuado a cada zona, incrementando su atractivo y evitando la rotura del continuo comercial mediante la reforma de establecimientos con un grado de antigüedad o paradas de mercados municipales.

 Personas beneficiarias: los profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle y de paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

Cuantía de la subvención: fins el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000,00 euros.

 

Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio

  Objetivo: de cumplimiento al Plan de Acción, en la Línea de Potenciación del tejido comercial de proximidad, de la artesanía y de la moda con el objetivo de incrementar la competitividad territorial del comercio catalán. En concreto: Apoyar la lucha contra la desertización comercial y apoyo al empleo de locales vacíos con actuaciones que deben perseguir los siguientes objetivos:
  • Conseguir la apertura de los locales vacíos, en zonas definidas y determinadas, para que se conviertan en polvo de actividad económica.
  • Valorada el comercio, la actividad económica y el empleo de la zona definida.
  • Potenciar y atraer aquella oferta comercial de la que el municipio tiene carencias.
  • Potenciar la colaboración público-privada.
Personas beneficiarias: juntos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales. Cuantía de la subvención:
  • Ambito 1: definición del proyecto de apoyo a los municipios para la recuperación de los locales comerciales vacíos. Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 7.000 euros.
  • Ámbito 2: implementación del proyecto de apoyo a los municipios para la recuperación de los locales comerciales vacíos Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 10.000,00 euros.
 

Programa de apoyo para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económicas Urbanas (APEUS)

Objetivo: apoyo a los entes locales y a las asociaciones territoriales, para impulsar la creación y definición de las Áreas de Promoción Económicas Urbanas (APEUS), de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/2020, de 22 de diciembre, de las áreas de promoción económica urbana (DOGC núm. 8303, de 24.12.2020), modificada por el Decreto Ley 3/2021, de 12 de enero (DOGC núm. 8315,  de 14.1.2021).

Personas beneficiarias:

  • Ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.
  • Asociaciones territoriales

Cuantía de la subvención: fins al 90% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 euros.

 

  • ARTESANÍA

Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana.

 Objetivo: pulsar el crecimiento y la competitividad del sector de la artesanía, apoyando su transformación digital, internacionalización, y comercialización, así como reforzar la estructura de las empresas artesanas, dotándola de herramientas para la infraestructura, gestión y procesos de producción sostenible.

Personas beneficiarias: poden ser personas beneficiarias las personas autónomas y empresas que desarrollen actividades incluidas en el Repertorio de familias de oficios artesanos publicado en el anexo del Decreto 182/2014, de 30 de diciembre, sobre la actividad artesanal.

Cuantía de la subvención: fins el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 2.500 euros. Este importe máximo se podrá modificar en función de las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.

 

Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía

 Objetivo:

  • Fomentar la implantación de establecimientos de actividades singulares de carácter artesanal. Conseguir la apertura de los locales vacíos, en zonas definidas y determinadas, para que se conviertan en polvo de actividad económica. Potenciar la actividad económica y el empleo de la zona definida. Potenciar y atraer aquella oferta que singularice el municipio.
  • Prestigiar las ferias y ferias-mercado de artesanía en el ámbito de Cataluña y dinamizar los museos y centros de interpretación de la artesanía.

Personas beneficiarias: pueden ser personas beneficiarias los ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.

Cuantía de la subvención: para los dos ámbitos, hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 7.000,00 euros. Este importe máximo se podrá modificar en función de las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.

 
  •  MODA

 Programa para la transformación digital de la industria de la moda

 Objetivo: fomentar la competitividad de las empresas del sector de la moda en Cataluña apoyando la transformación digital de sus modelos de negocios con el fin de llevar a cabo de forma más competitiva el diseño, la fabricación, la comercialización y la promoción de sus productos y marcas en un entorno competitivo cada vez más digitalizado. Se pretende acompañar la transformación de las empresas del sector textil y moda hacia un modelo de negocio más digitalizado. Este programa pretende facilitar a las marcas de moda la incorporación de herramientas y procesos digitales que les permita competir en un nuevo escenario y entorno de mercado.

Personas beneficiarias: les personas profesionales autónomas y empresas de diseño y fabricación de prendas de vestir con marca propia y que dediquen en exclusiva su actividad al sector de la moda. Quedan excluidas las empresas dedicadas al textil-moda que produzcan y/o distribuyan prendas de uniformidad y/o textiles técnicos para otras industrias. Al mismo tiempo, quedan excluidas aquellas empresas que de forma mayoritaria dediquen sus actividades de diseño y producción a los ámbitos de la cosmética y belleza, joyería, puericultura, óptica y/u otros complementos ajenos a la indumentaria habitual.

No podrán ser beneficiarias las personas importadoras y distribuidoras.

Sólo podrá ser beneficiaria una persona física o jurídica para cada marca comercial. Cuantía de la subvención: Hasta el 65 % de los gastos subvencionables. La máxima cuantía que se podrá otorgar por beneficiario será de 4.000 euros

Programa para la mejora del grado de sostenibilidad y circularidad de las marcas de moda catalanas

Objetivo: fomentar la competitividad de las empresas del sector de la moda en Cataluña apoyando la incorporación de procesos, herramientas y materias sostenibles que mejoren el grado de circularidad de sus productos así como la recuperación y reciclaje de los residuos generados de su actividad. Se pretende acompañar la transformación verde de las empresas del sector textil hacia un modelo de negocio más sostenible de acuerdo con las normativas sobre sostenibilidad y circularidad que en breve entrarán en vigor.

 Personas beneficiarias: les personas profesionales autónomas y empresas de diseño y fabricación de prendas de vestir con marca propia y que dediquen en exclusiva su actividad al sector de la moda. Quedan excluidas las empresas dedicadas al textil-moda que produzcan y/o distribuyan prendas de uniformidad y/o textiles técnicos para otras industrias. Al mismo tiempo, quedan excluidas aquellas empresas que de forma mayoritaria dediquen sus actividades de diseño y producción a los ámbitos de la cosmética y belleza, joyería, marroquinería y piel, puericultura, óptica y/u otros complementos ajenos a la indumentaria habitual.  No podrán ser beneficiarias personas importadoras y distribuidoras.

Sólo podrá ser beneficiario una persona física o jurídica para cada marca comercial.

Cuantía de la subvención: hasta el 65% de los gastos subvencionables. La máxima cuantía que se podrá otorgar por beneficiario será de 4.000 euros.

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