
Elecciones en el Parlamento de Cataluña: permisos para votar en un día laborable
El próximo jueves 21 de diciembre se celebran nuevas elecciones al Parlamento de Cataluña, que en esta ocasión tendrán lugar en un día laborable. Al respecto, se informa que la Administración garantiza que los trabajadores puedan votar durante la jornada laboral.
Los permisos para ejercer el derecho a voto son retribuidos y de carácter no recuperable. A continuación aclaramos como disfrutar de estos permisos:
¿De cuántas horas de permiso disponen los trabajadores para ir a votar?
Para aquellas personas la jornada laboral coincida entre 2 y menos de 4 horas, el permiso será de 2 horas; y si la coincidencia es de 4 o más horas, se concederá el permiso general de 4 horas.
Para los trabajadores con jornada parcial, se reducirá proporcionalmente la duración del permiso.
¿En qué casos no se podrá disfrutar del permiso?
No podrán disfrutar de dicho permiso aquellas personas trabajadoras la jornada coincida parcialmente con el horario de los colegios electorales en como máximo 2 horas y aquellas en las que no coincida.
¿Quién determina el momento de utilización de las horas concedidas por el permiso?
La determinación del momento de utilización de las horas concedidas para la votación, que debe coincidir con el horario establecido por el colegio electoral, es potestad del empresario/a.
¿Hace falta aportar un justificante de votación a la empresa?
Los empresarios tienen derecho a solicitar a sus trabajadores un justificante expedido por la mesa electoral que acredite que han votado, a efectos de abonar el salario al empleado del tiempo que ha utilizado para votar.
