Subvenciones 2024 para nuevas oportunidades de negocio - RSL EMT/1466/2024 (DOGC 30/04/2024) - RSL EMT/1717/2024 (DOGC 17/05/2024)
Plazo solicitudes: desde las 09:00 h del día 21/05/2024 hasta las 14:00h del 21/06/2024.

Objeto: regular la concesión de subvenciones para nuevas oportunidades de negocio que incluye las siguientes líneas:

Línea 1. Proyectos empresariales de cambio estratégico consistentes en la realización de un plan de negocio.

Línea 2. Proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo

Línea 3. Proyectos empresariales de captación de talento consistentes en la creación neta de puestos de trabajo cualificados en los municipios de las zonas de transición nuclear.

Beneficiarios: empresas con establecimiento operativo en Cataluña. A efectos de las bases se entiende como empresa aquella entidad que ejerza una actividad económica y que esté constituida según alguna de las siguientes formas jurídicas: SRL, SA, SL y sociedad cooperativa.

Línea 1. Proyectos empresariales de cambio estratégico realización de plan de negocio.

Actuaciones y gastos subvencionables: proyectos empresariales de cambio estratégico consistentes en la realización de un plan de negocio.

Se considera subvencionable la realización, por parte de proveedores acreditados por ACCIÓ, de un plan de negocio para desarrollar una nueva oportunidad de negocio identificada previamente por la empresa en su plan estratégico y que en el futuro podría convertirse en una nueva línea de negocio.

Quedan expresamente excluidas las actuaciones destinadas a la simple reducción de costes en la actividad económica habitual de la empresa, los proyectos dirigidos al desarrollo de un negocio internacional, la ampliación de instalaciones, los proyectos de digitalización y los proyectos que no supongan una nueva oportunidad para la empresa.

Se considera gasto subvencionable únicamente el coste de la prestación del servicio de asesoramiento para la realización del plan de negocio por parte de los proveedores acreditados por ACCIÓ.

Las actividades subvencionables se podrán llevar a cabo desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025. 

Cuantía: será del 75 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto, con un máximo de 30.000,00 euros.

 Línea 2. Proyectos empresariales cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo al cambio estructural.

Actuaciones subvencionables: proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo y que podrá convertirse en una nueva línea de negocio por la empresa.

Para poder presentarse a proyectos de cambio estructural se deberá presentar un plan de negocio donde se defina y analice la nueva oportunidad a implementar y se indiquen las medidas de todo tipo y los recursos que se consideren necesarios para garantizar la viabilidad de la nueva línea de negocio. En caso de que para desarrollar la nueva oportunidad se justifique la necesidad de crear una nueva empresa, la solicitud de esta ayuda podrá ser de una empresa diferente a la que ha realizado el plan de negocio.

Quedan expresamente excluidas las actuaciones destinadas a la simple reducción de costes en la actividad económica habitual de la empresa, los proyectos dirigidos al desarrollo de un negocio internacional, la ampliación de instalaciones, los proyectos de digitalización y los proyectos que no supongan una nueva oportunidad para la empresa.

Se considerarán subvencionables los siguientes gastos en función de la tipología de los proyectos:

a) Adquisición de maquinaria y equipamientos. Se excluyen como gastos subvencionables los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y gastos de ingeniería.

Los elementos de segunda mano serán subvencionables siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

- Que conste en el expediente de subvención una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre el hecho de que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.

 - Que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de tasador independiente.

b) Gastos externos vinculados exclusivamente a la nueva línea de negocio (prototipos, pruebas de simulación, estudios de buenas prácticas, certificaciones, homologaciones de producto, software o gastos similares).

c) Gastos específicos de formación externa del personal para adaptarse a la nueva línea de negocio. Se considerarán subvencionables solo los gastos de formación exclusivos de la nueva actividad y no aplicables a cualquier actividad habitual de la empresa.

d) Gastos de personal interno dedicado exclusivamente a implementar la nueva línea de negocio. No se incluirán los gastos de personal interno derivados de la dedicación del mismo a cualquier actividad habitual de la empresa.

e) Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada al que se refiere la base 13 del anexo 1 de estas bases. El coste subvencionable máximo aceptado para este concepto será de 1.000,00 euros por justificación realizada.

Las actividades subvencionables de los proyectos de cambio estructural se podrán llevar a cabo a partir de la fecha de solicitud y hasta el 31-12-2026. 

Cuantía máxima:
                                                                                   Pequeña empresa           Mediana empresa           Gran empresa

     Adquisición de maquinaria y equipamientos:                 20%                                        10%                                  10%
     Gastos externos:                                                                  75%                                         75%                                  75%
     Gastos formación:                                                                25%                                         25%                                  25%
     Gastos de personal:                                                             75%                                         75%                                  75%
     Gastos auditoría:                                                                100%                                       100%                               100%
 
El importe máximo de ayuda será de 90.000,00 euros, salvo las ayudas a los proyectos localizados en municipios de las zonas de transición nuclear establecidas en el anexo 6 de las bases reguladoras, cuyo importe máximo será de 210.000,00 euros.

 Línea 3: Proyectos empresariales de captación de talento, consistentes en la creación neta de puestos de trabajo calificados en municipios de las zonas de transición nuclear.

Actuaciones y gastos subvencionables: los proyectos empresariales de captación de talento en los municipios de las zonas de transición nuclear, consistentes en la creación neta de puestos de trabajo calificados para consolidar las acciones identificadas en un plan de negocio previo.

Para poder presentarse a proyectos de captación de talento deberá presentarse un plan de negocio en el que se defina y analice la nueva oportunidad a consolidar y en el que se indiquen las medidas de todo tipo y los recursos que se consideren necesarios para garantizar la nueva oportunidad de negocio. En caso de que la nueva oportunidad sea la creación de una nueva empresa, la solicitud de esta ayuda podrá ser de una empresa diferente a la que ha realizado el plan de negocio.

Se consideran municipios de las zonas de transición nuclear los establecidos en el anexo 6 de las bases.

Cuantía: para los gastos de personal, el 75% del gasto subvencionable aceptado del proyecto, con un máximo por contrato calificado de 50.000,00 euros y una ayuda máxima de 200.000,00 euros por proyecto. Para los gastos de realización por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación, el 100% del coste y una ayuda máxima de 1.000,00 euros por proyecto.